lunes, 30 de agosto de 2010

Cheque fiscal


Cheque Fiscal. Cheque


Síntesis: Definición y características especiales del cheque fiscal. Tratándose de cheques fiscales no es posible modificar las condiciones para su pago por parte del librador y, para su pago, el banco consignatario deberá certificar que fue consignado en la cuenta de la entidad pública beneficiaria. Presentado un cheque para su pago, el banco librado deberá comprobar si la persona que los presenta al cobro está legitimada para obtener el pago. En el sistema de canje, el banco consignatario deberá identificar al último tenedor del cheque y el banco librado verificará la continuidad de los endosos a fin de establecer que quien lo presenta es el tenedor legítimo de acuerdo con su ley de circulación

Cheque posdatado



Cheque que incluye una fecha mediante la cual el emisor pretende impedir que se haga efectivo antes de ésta. Jurídicamente, cualquier cheque, ya sea posdatado o no, debe hacerse efectivo a su presentación, por lo que los cheques posdatados carecen de la utilidad mencionada anteriormente.

Cheque cruzado


La ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques dispone que el cheque cruzado sólo puede ser presentado a cobro a través de un banco, por lo que esta condición particular de un documento hace que no sea posible cobrarlo por caja.
Es así como estos cheques pueden ser cobrados mediante su depósito en la cuenta corriente o cuenta de ahorro del beneficiario, o bien, mediante el endoso en comisión de cobranza que el beneficiario del cheque encargue a un banco. En este último caso, hay que tener presente que los bancos no están obligados a aceptar las cobranzas que una persona que no es cliente del banco les quiera encomendar, ya que ellos tienen la facultad de elegir a sus clientes.
Existe el cheque cruzado en general, que es aquél que en su anverso tiene dos líneas paralelas y transversales y el cheque cruzado en especial, que es aquél que incluye el nombre de un banco entre las dos líneas paralelas que indican el cruzamiento. En este caso su presentación debe hacerse por el banco específicamente señalado

cheque de viajero


Los Cheques de viajero, son cheques expedidos por las Instituciones bancarias, para ser utilizados en el extranjero.

Una gran cantidad de establecimientos en numerosos lugares del mundo, acepta estos cheques como forma de pago. Así se evita llevar dinero en efectivo, lo que representa tranquilidad; ya que en caso de robo o extravío de los cheques, el dinero sigue intacto y a nuestra disposición, a diferencia de lo que sucedería con los billetes.

Pueden solicitarse en el banco, unos días antes de realizar un viaje al extranjero. Estarán listos en no más de dos días, dependiendo de la Institución bancaria.

Están disponibles en varias denominaciones para mayor comodidad, y los que no se empleen pueden ser reembolsados en su totalidad al regreso.

Son sin duda, una herramienta muy segura y cómoda para llevar dinero en viajes de negocios o placer

cheque de caja


El cheque es un documento mediante el cual se solicita a un banco el pago de cierta cantidad de dinero.

El cheque de caja es una orden de pago que el banco realiza para que sea cobrada ahí mismo, o en su caso, para que su importe sea depositado en la cuenta bancaria que el beneficiario tenga en esa institución.

Representa una de las formas de pago que mayor seguridad ofrece para quien lo cobra, porque garantiza que siempre existen fondos para cobrarlo.

El cheque de caja o cheque de gerencia


es un cheque especial expedido por los bancos con cargo a sus propias dependencias, cuya principal característica es que el librador y el librado son la misma persona, esto es, el establecimiento bancario, dado que no existe orden de pago alguna por parte del cliente sino una promesa de pago proveniente de la entidad librada a través de una orden a su propio cargo o a cargo de una de sus sucursales.

Este tipo de cheques es utilizado comúnmente en los negocios en la medida en que el banco al figurar como deudor garantiza el pago de la obligación originada en el contrato causal, en la medida en que el cliente interesado previamente lo ha adquirido y el banco cuenta con la respectiva provisión de fondos para su pago. Luego la certeza de su pago es mayor frente a un cheque que no sea catalogado como especial.

Así mismo, importa destacar que el cheque de gerencia es negociable, no obstante lo cual en consideración a que el banco tiene la calidad de librador puede incorporar en el título cualquier cláusula que restrinja su negociabilidad o su pago en efectivo, con el fin de evitar que el importe del cheque pueda ser pagado a un tercero diferente del beneficiario.

Cheque al portador

No tiene un nombre especifico de quien lo cobrara, en su lugar tiene la leyenda al portador, estos pueden ser cobrados por cualquier persona que lo presente, son por cantidades menores a los $3,000.00

Cheque a la orden. Tiene el nombre de la persona que lo va a cobrar y solo ella puede hacerlo, a menos que en anverso los endose a otra persona.

Cheque nominativo. Solo lo puede cobrar la persona que esta establecida en el cheque, no podra ser endosado.

Cheque certificado. Estos tienen la certificacion del banco avalando que la cuenta tiene suficientes fondos para ser cobrado. Generalmente son cantidades grandes y la persona que lo va a cobrar no quiere correr ningun riesgo de sufrir fraude.

Cheque cruzado. este tiene dos lineas paralelas en el anverso indicando que el cheque no puede ser cobrado en efectivo, solo puede ser depositado en una cuenta bancaria

Cheque


Un cheque (anglicismo de cheque) es un documento de título valor en el que la persona que es autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta, prescindiendo de la presencia del titular de la cuenta bancaria.

Jurídicamente el cheque es un título valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de crédito, que es librado, el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona llamada beneficiario.


LETRA DE CAMBIO

Su función es la de permitir la circulación y la realización del crédito en forma particularmente rápida y segura. Cumple esencialmente la función económica de ser instrumento de crédito a corto plazo, tanto en el campo comercial como en el financiero. Su función típica es la de diferir el pago de una suma de dinero, dando al mismo tiempos al beneficiario la posibilidad de convertir el crédito en moneda mediante la transferencia del título.

Una letra de cambio es el título de crédito formal y completo que contiene la promesa incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en lugar determinado, vinculando solidariamente a todos lo que en ella intervienen.

La letra de cambio no nace de improvisto, la actual letra de cambio es el producto de una lenta evolución a través de la cual fueron precisándose sus rasgos y sus reglas propias. Las letras de cambio se popularizaron con el florecimiento del comercio, cuyas manifestaciones más importantes ocurrían en las ferias, hacia donde mercaderes y señores se dirigían, transportando el dinero en forma de letras de cambio. Antes de la fecha indicada en la letra para recibir su monto se acostumbraba presentar está al librado, quien verbalmente manifestaba estar dispuesto a cumplir la orden o retenía el documento y tal retención equivalía a aceptación.

reflexion de la convivencia

La convivencia
es una forma de vivir que debemos escoger desde muy jóvenes. Para la convivencia positiva es necesario el respeto, el amor, entre otros, debemos tolerar costumbres de otras personas.

El ser humano, tiene dos necesidades sociales básicas: la necesidad de una relación íntima, estrecha con un padre o un cónyuge y la necesidad de sentirse parte de una comunidad cercana e interesada por él. Somos fundamentalmente animales grupales y nuestro bienestar es mucho mayor cuando nos encontramos en un ambiente armónico, en el cual vivimos en estrecha comunión.
La investigación ha mostrado que cuando estamos solos estamos más predispuestos a sufrir accidentes, enfermedades mentales, suicidio y un amplio espectro de enfermedades.

Para la supervivencia es indispensable la independencia y la autoconfianza, pero en el discurrir de nuestra vida no podemos prescindir del apoyo y de la compañía de los otros.

Como señalan ciertos exponentes del existencialismo no puede haber un "yo", sin un "tú". Esta interdependencia social es mucho más que un abstracto concepto filosófico, constituye una necesidad humana fundamental.

Es la condición de relacionarse con las demás personas a través de una comunicación permanente fundamentada en afecto y tolerancia que permite convivir y compartir en armonía en las diferentes situaciones de la vida.